domingo, 28 de abril de 2013

Bolivia y el riesgo de los “autoritarismos democráticos”


Las recientes elecciones presidenciales en Venezuela han puesto nuevamente sobre el tapete la calidad democrática de su modelo político, y en nuestro país no han faltado variadas voces y opiniones que comparan lo ocurrido en el país llanero con los últimos años del régimen fujimorista, caracterizados por un progresivo autoritarismo y deterioro institucional.

Sin embargo, la Venezuela de Chávez o el Perú de Fujimori no son los únicos ejemplos de gobiernos que, en el marco de los procedimientos formales de la democracia y del respeto al Estado de derecho, buscan la continuidad a través de la reelección indefinida del caudillo o de quien éste designe, desfigurando la institución fundamental de la democracia representativa, el equilibrio de poderes. El actual proceso político boliviano es paradigmático en ese sentido.

El gobierno de Evo Morales ha ganado todas las elecciones y consultas que se han realizado desde que llegó al poder en el año 2006, y en esa medida ha logrado obtener una mayoría absoluta permanente en la Asamblea Legislativa Plurinacional (de carácter bicameral, compuesta por una cámara de senadores y una de diputados). Esta situación en principio no tendría por qué cuestionar sus credenciales democráticas. No obstante, cuando se analiza la situación más a fondo, particularmente con relación a la puesta en práctica de los mecanismos de control y contrapesos interinstitucionales existentes, es cuando se advierten las distorsiones autoritarias de este gobierno.

Una de las novedades de la Constitución boliviana del 2009 fue el establecimiento del sufragio  universal para elegir a las más altas autoridades de los distintos órganos del sistema judicial, como es el caso del Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional Plurinacional, el Tribunal Agroambiental o el Consejo de la Magistratura. La cuestión estriba en que la función de preselección de candidatos le corresponde a la Asamblea Legislativa, como también lo establece la Constitución. En ese sentido, considerando que el partido de gobierno siempre ha contado con mayoría absoluta en el Legislativo, no es difícil suponer que la lista de jueces-candidatos fuera digitada directamente por el Poder Ejecutivo. Y así, en octubre del 2011 se llevó a cabo la primera elección popular de magistrados del nuevo Estado Plurinacional de Bolivia, cuyos resultados arrojaron que más del 60% de los votos fueron nulos o blancos, en una muestra clara del rechazo de la población boliviana hacia un proceso -por lo menos- irregular (cabe mencionar que hubo una negativa del gobierno a contar con observadores internacionales del proceso)[1].

De esa manera, el Poder Judicial de Bolivia se ve actualmente reducido a su mínima expresión en términos de autonomía y como figura de contrapeso a los otros poderes existentes. No extraña entonces que sea utilizado para perseguir y acosar a cualquier tipo de oposición política, como ha ocurrido en los últimos años con el procesamiento de numerosos líderes de organizaciones indígenas disidentes del gobierno, políticos opositores, entre otros.

Lo particular del proceso descrito es que se ha desarrollado en el marco del respeto a las reglas de la democracia, por lo menos en términos formales. Pero, dadas las circunstancias descritas, todos los mecanismos de control y contrapesos de poder establecidos en la Constitución del 2009 no han cumplido en esencia sus funciones. El marco jurídico e institucional vigente no sería otra cosa que la voluntad del gobierno erigida en ley.

Otra de las características particulares del proceso boliviano es que se sustenta en una pretendida “descolonización” del país, de “refundación”, buscando borrar los cimientos del “Estado colonial, republicano y neoliberal” (como se establece en el preámbulo de la Constitución) para construir el “Estado Plurinacional de Bolivia”. Esto va más allá de un puro mesianismo discursivo, como se puede comprobar al analizar las últimas movidas del gobierno para tentar un tercer período presidencial en las elecciones del 2014.

En febrero del presente año, la Asamblea Legislativa elaboró un proyecto denominado Ley de Aplicación Normativa, cuya finalidad consiste en desarrollar los alcances de diversas normas constitucionales no del todo precisas. Uno de los artículos puestos en discusión por este proyecto tiene que ver con la reelección presidencial. De acuerdo a la Constitución del 2009, el Presidente solo puede reelegirse una vez. En ese sentido, Evo Morales no podría postularse para las próximas elecciones presidenciales del 2014, por lo menos en teoría[2].

Esa no es la opinión de la Asamblea Legislativa, plasmada en este proyecto de Ley. De acuerdo a la interpretación de este órgano, a partir del momento en que entró en vigencia la Constitución del 2009 se inició una nueva institucionalidad del país: la creación del Estado Plurinacional, un nuevo pacto social y político que entierra y supera el antiguo Estado “colonial”. La fecha fue el 22 de enero del 2010, que coincidió con el inicio del segundo gobierno de Evo Morales. Por lo tanto, para no traicionar la esencia “refundadora” de la Constitución del 2009, es a partir de la fecha de su entrada en vigencia que debe computarse el primer período de Morales.

Haciendo un paralelo con el caso peruano, en el año 1996 el Congreso -controlado por los fujimoristas- promulgó la denominada “Ley de Interpretación Auténtica”, en la que se facultaba al Presidente Fujimori para presentarse por tercera vez a la presidencia en el año 2000. El argumento de esa Ley señalaba que, si bien el artículo 112º de la Constitución de 1993 disponía que el Presidente solo podía ser reelegido una sola vez, el primer gobierno de Fujimori (1990-1995) no podía computarse porque todavía no se encontraba vigente la Constitución de 1993. El cálculo solo podía realizarse a partir de la vigencia de la nueva Constitución; es decir, a partir del segundo período de Fujimori (1995-2000). Como se recordará, este hecho marcó un punto de quiebre de progresivo autoritarismo y concentración del poder durante los siguientes años del régimen fujimorista, hasta su abrupta salida el año 2000.

Retomando el caso boliviano, el proyecto de Ley que busca la segunda reelección de Evo Morales ha sido enviado al Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre su viabilidad jurídica[3]. Considerando el contexto descrito, parece muy probable que este organismo otorgue el visto bueno a las pretensiones del partido de gobierno. Las últimas noticias indican que el Tribunal emitirá su fallo en el mes de mayo del presente año[4]. Resulta sintomático que recientemente el gobierno boliviano haya decidido embarcarse en una demanda internacional contra Chile que tiene fundamento ético e histórico pero carece totalmente de sustento jurídico. Probablemente su intención sea crear una corriente de opinión favorable a sus acciones, desviando las críticas hacia sus pretensiones de entronizarse en el poder. Como lo describe de forma muy clara George Orwell en su novela “1984”, crear y mantener un enemigo externo en alerta de conflicto permanente sirve a los propósitos de cohesión y control social internos por parte del poder estatal[5].

En conclusión, el actual proceso político boliviano otorga suficientes elementos de análisis de los peligros del “autoritarismo democrático” (sea para gobiernos neoliberales o que propugnan un socialismo del Siglo XXI), los que deberán tomarse en cuenta para evitar repetir experiencias y prácticas que -pareciera- muchos de nuestros países latinoamericanos nunca terminamos de superar del todo.


[1] Previamente a la promulgación de la Constitución del 2009, el gobierno de Evo Morales se dedicó a descabezar diversas instituciones estatales consideradas claves para una mayor concentración del poder, como es el caso del mismo Tribunal Constitucional Plurinacional, el Consejo de la Judicatura o los órganos electorales. Estos puestos vacados (a la fuerza) fueron ocupados por personas designadas a dedo por Evo Morales. Tras las elecciones judiciales del 2011, el partido de gobierno culminó su tarea de copar totalmente esas instituciones.
[2] Primer período del 2006-2010 y segundo período del 2010-2014.
[3] En el caso de Colombia, la Corte Constitucional de dicho país (similar al Tribunal Constitucional) mediante sentencia C-141-2010, falló en contra de la reelección de Álvaro Uribe para las elecciones del año 2010.
[5] A esto cabe agregar que las últimas resoluciones del Tribunal Constitucional han ido en contra de supuestos intereses del gobierno, lo que se puede interpretar como una forma de alegar una pretendida independencia cuando lleguen los cuestionamientos a su -probable- decisión de dar visto bueno a la segunda reelección presidencial.