Las recientes elecciones
presidenciales en Venezuela han puesto nuevamente sobre el tapete la calidad
democrática de su modelo político, y en nuestro país no han faltado variadas
voces y opiniones que comparan lo ocurrido en el país llanero con los últimos
años del régimen fujimorista, caracterizados por un progresivo autoritarismo y
deterioro institucional.
Sin embargo, la Venezuela de
Chávez o el Perú de Fujimori no son los únicos ejemplos de gobiernos que, en el
marco de los procedimientos formales de la democracia y del respeto al Estado
de derecho, buscan la continuidad a través de la reelección indefinida del
caudillo o de quien éste designe, desfigurando la institución fundamental de la
democracia representativa, el equilibrio de poderes. El actual proceso político
boliviano es paradigmático en ese sentido.
El gobierno de Evo Morales ha
ganado todas las elecciones y consultas que se han realizado desde que llegó al
poder en el año 2006, y en esa medida ha logrado obtener una mayoría absoluta permanente
en la Asamblea Legislativa Plurinacional (de carácter bicameral, compuesta por
una cámara de senadores y una de diputados). Esta situación en principio no
tendría por qué cuestionar sus credenciales democráticas. No obstante, cuando
se analiza la situación más a fondo, particularmente con relación a la puesta
en práctica de los mecanismos de control y contrapesos interinstitucionales existentes,
es cuando se advierten las distorsiones autoritarias de este gobierno.
Una de las novedades de la
Constitución boliviana del 2009 fue el establecimiento del sufragio universal para elegir a las más altas
autoridades de los distintos órganos del sistema judicial, como es el caso del
Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional Plurinacional, el Tribunal
Agroambiental o el Consejo de la Magistratura. La cuestión estriba en que la
función de preselección de candidatos le corresponde a la Asamblea Legislativa,
como también lo establece la Constitución. En ese sentido, considerando que el
partido de gobierno siempre ha contado con mayoría absoluta en el Legislativo,
no es difícil suponer que la lista de jueces-candidatos fuera digitada
directamente por el Poder Ejecutivo. Y así, en octubre del 2011 se llevó a cabo
la primera elección popular de magistrados del nuevo Estado Plurinacional de
Bolivia, cuyos resultados arrojaron que más del 60% de los votos fueron nulos o
blancos, en una muestra clara del rechazo de la población boliviana hacia un
proceso -por lo menos- irregular (cabe mencionar que hubo una negativa del
gobierno a contar con observadores internacionales del proceso)[1].
De esa manera, el Poder Judicial
de Bolivia se ve actualmente reducido a su mínima expresión en términos de
autonomía y como figura de contrapeso a los otros poderes existentes. No
extraña entonces que sea utilizado para perseguir y acosar a cualquier tipo de
oposición política, como ha ocurrido en los últimos años con el procesamiento
de numerosos líderes de organizaciones indígenas disidentes del gobierno,
políticos opositores, entre otros.
Lo particular del proceso
descrito es que se ha desarrollado en el marco del respeto a las reglas de la
democracia, por lo menos en términos formales. Pero, dadas las circunstancias
descritas, todos los mecanismos de control y contrapesos de poder establecidos
en la Constitución del 2009 no han cumplido en esencia sus funciones. El marco
jurídico e institucional vigente no sería otra cosa que la voluntad del
gobierno erigida en ley.
Otra de las características
particulares del proceso boliviano es que se sustenta en una pretendida
“descolonización” del país, de “refundación”, buscando borrar los cimientos del
“Estado colonial, republicano y neoliberal” (como se establece en el preámbulo
de la Constitución) para construir el “Estado Plurinacional de Bolivia”. Esto
va más allá de un puro mesianismo discursivo, como se puede comprobar al
analizar las últimas movidas del gobierno para tentar un tercer período
presidencial en las elecciones del 2014.
En febrero del presente año, la
Asamblea Legislativa elaboró un proyecto denominado Ley de Aplicación
Normativa, cuya finalidad consiste en desarrollar los alcances de diversas
normas constitucionales no del todo precisas. Uno de los artículos puestos en
discusión por este proyecto tiene que ver con la reelección presidencial. De
acuerdo a la Constitución del 2009, el Presidente solo puede reelegirse una
vez. En ese sentido, Evo Morales no podría postularse para las próximas
elecciones presidenciales del 2014, por lo menos en teoría[2].
Esa no es la opinión de la
Asamblea Legislativa, plasmada en este proyecto de Ley. De acuerdo a la interpretación
de este órgano, a partir del momento en que entró en vigencia la Constitución
del 2009 se inició una nueva institucionalidad del país: la creación del Estado
Plurinacional, un nuevo pacto social y político que entierra y supera el
antiguo Estado “colonial”. La fecha fue el 22 de enero del 2010, que coincidió
con el inicio del segundo gobierno de Evo Morales. Por lo tanto, para no
traicionar la esencia “refundadora” de la Constitución del 2009, es a partir de
la fecha de su entrada en vigencia que debe computarse el primer período de Morales.
Haciendo un paralelo con el caso
peruano, en el año 1996 el Congreso -controlado por los fujimoristas- promulgó
la denominada “Ley de Interpretación Auténtica”, en la que se facultaba al
Presidente Fujimori para presentarse por tercera vez a la presidencia en el año
2000. El argumento de esa Ley señalaba que, si bien el artículo 112º de la
Constitución de 1993 disponía que el Presidente solo podía ser reelegido una
sola vez, el primer gobierno de Fujimori (1990-1995) no podía computarse porque
todavía no se encontraba vigente la Constitución de 1993. El cálculo solo podía
realizarse a partir de la vigencia de la nueva Constitución; es decir, a partir
del segundo período de Fujimori (1995-2000). Como se recordará, este hecho
marcó un punto de quiebre de progresivo autoritarismo y concentración del poder
durante los siguientes años del régimen fujimorista, hasta su abrupta salida el
año 2000.
Retomando el caso boliviano, el
proyecto de Ley que busca la segunda reelección de Evo Morales ha sido enviado
al Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre su viabilidad jurídica[3].
Considerando el contexto descrito, parece muy probable que este organismo
otorgue el visto bueno a las pretensiones del partido de gobierno. Las últimas
noticias indican que el Tribunal emitirá su fallo en el mes de mayo del
presente año[4].
Resulta sintomático que recientemente el gobierno boliviano haya decidido
embarcarse en una demanda internacional contra Chile que tiene fundamento ético
e histórico pero carece totalmente de sustento jurídico. Probablemente su
intención sea crear una corriente de opinión favorable a sus acciones,
desviando las críticas hacia sus pretensiones de entronizarse en el poder. Como
lo describe de forma muy clara George Orwell en su novela “1984”, crear y
mantener un enemigo externo en alerta de conflicto permanente sirve a los
propósitos de cohesión y control social internos por parte del poder estatal[5].
En conclusión, el actual proceso político boliviano otorga suficientes elementos de análisis de los peligros del “autoritarismo democrático” (sea para gobiernos neoliberales o que propugnan un socialismo del Siglo XXI), los que deberán tomarse en cuenta para evitar repetir experiencias y prácticas que -pareciera- muchos de nuestros países latinoamericanos nunca terminamos de superar del todo.
[1] Previamente a la promulgación de la
Constitución del 2009, el gobierno de Evo Morales se dedicó a descabezar diversas
instituciones estatales consideradas claves para una mayor concentración del
poder, como es el caso del mismo Tribunal Constitucional Plurinacional, el
Consejo de la Judicatura o los órganos electorales. Estos puestos vacados (a la
fuerza) fueron ocupados por personas designadas a dedo por Evo Morales. Tras
las elecciones judiciales del 2011, el partido de gobierno culminó su tarea de
copar totalmente esas instituciones.
[2]
Primer período del 2006-2010 y segundo período del 2010-2014.
[3]
En el caso de Colombia, la Corte Constitucional de dicho país (similar al
Tribunal Constitucional) mediante sentencia C-141-2010, falló en contra de la
reelección de Álvaro Uribe para las elecciones del año 2010.
[5]
A esto cabe agregar que las últimas resoluciones del Tribunal Constitucional
han ido en contra de supuestos intereses del gobierno, lo que se puede
interpretar como una forma de alegar una pretendida independencia cuando
lleguen los cuestionamientos a su -probable- decisión de dar visto bueno a la
segunda reelección presidencial.